Actividad, Actividad, Actividad, Actividad, Actividad, Actividad, Actividad y más Actividad.
No Es Subsidios.
No Es Subir Impuestos.
Es Facilitar la Contratación.
Es Facilitar la Creación de Nuevas Empresas y Autónomos.
Actividad, Actividad, Actividad, Actividad, Actividad, Actividad, Actividad y más Actividad.
No Es Subsidios.
No Es Subir Impuestos.
Es Facilitar la Contratación.
Es Facilitar la Creación de Nuevas Empresas y Autónomos.
- Debe estar siempre vinculada a recibir formación para la recolocación, bien por mejora técnica en el sector del que se proviene, o bien aprendiendo una nueva actividad.
- Debe impartirse a jornada partida, mañana y tarde, de forma que su “trabajo” sea formarse para tener un nuevo empleo.
- Debe recalcularse su duración reduciéndola, para que sea un colchón temporal, pero que incentive la búsqueda de empleo, no se pueda estar dos años recibiendo la prestación. Debe calcularse en base al SMI y no al salario del trabajador .
No es admisible la “estafa social” que supone estar percibiendo la prestación por desempleo y al tiempo trabajando en “negro”.
Manteniendo todos los derechos y beneficios como si su situación fuera la habitual:
- Cero pago de IRPF, o Impuesto de Sociedades, e IVA, con un incremento progresivo del 25%, llegando al 100% el 5º año de actividad. Presentando todos los modelos con resultado final 0.
- Trabajadores, cero retenciones por IRPF, con un incremento progresivo del 25%, llegando al 100% el 5º año de actividad.
El nuevo autónomo o pyme solo debe tener una preocupación su actividad y pagar los sueldos de sus trabajadores. El dinero en banco no hace nada, el parado en su casa no produce nada y es una carga para la Sociedad y el Estado. Actividad, Actividad…
Manteniendo todos los derechos y beneficios como si su situación fuera la habitual:
- Grandes empresas: reducción del 5% en el Impuesto de Sociedades, con un incremento progresivo anual del 1% hasta volver al tipo normal en 5 años.
- Autónomos y Pymes: reducción al 50% del IRPF y del Impuesto de Sociedades, con un incremento el 10% anual para volver al tipo normal en 5 años.
El Estado necesita recaudar más, y eso no se consigue subiendo impuestos sino incrementando la actividad económica.
Manteniendo todos los derechos y beneficios como si su situación fuera la habitual:
- Cero pago de cotizaciones de autónomo, con un incremento progresivo del 25%, llegando al 100% el 5º año de actividad.
- Trabajadores, cero pago de cotizaciones, con un incremento progresivo del 25%, llegando al 100% el 5º año de actividad..
El nuevo autónomo o pyme solo debe tener un preocupación su actividad y pagar los sueldos de sus trabajadores. El dinero en banco no hace nada, el parado en su casa no produce nada y es una carga para la Sociedad y el Estado. Actividad, Actividad…
Actualmente las cotizaciones son de aproximadamente el 24% de la base reguladora del trabajador, y debería reducirse de forma:
- Grandes empresas: un 5% de reducción, con un incremento del 1% anual durante 5 años.
- Pymes: el 50% de reducción, con un incremento del 10% anual durante 5 años.
Solo deberían tener esta consideración, aquellas que tengan como consecuencia el cambio de residencia del trabajador; o bien cuando implique un descenso permanente de categoría; y por último cuando sea una actuación empresarial que atente contra la dignidad del trabajador.
Para el resto de actuaciones encaminadas a la organización de la actividad productiva, la empresa debería tener libertad de actuación, sin que tuviera que decidirse de forma definitiva en un juzgado.
Retribución general por incentivos:
- Mínimo salarial por categorías profesionales, con una disminución del 20% con respecto al actual.
- Variable sin límite, en función del rendimiento, con los ordenadores todo se puede medir.
- Eliminación del plus de antigüedad y similares.
- Sólo pluses relacionados directamente con la actividad: peligrosidad, toxicidad, nocturnidad, etc.